Advertencia: Bajo ningún concepto esta información constituye una relación de Abogado y Cliente, ni sustituye una orientación o consulta legal con un Abogado admitido al ejercicio de la abogacía en Puerto Rico.
Contrato juramentado y que cumple con la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Puerto Rico.
Requisitos:
Videos Informativos:
[Ley 140: Ley de Controversias y Estados Provisionales de Derecho]
Lunes a Jueves: 7:00 A.M. a 7:00 P.M.
Viernes 7:00 A.M. a 2:00 P.M.
Sábados: 9:00 A.M. a 7:00 P.M.
Domingos 8:00 A.M. a 10:00 A.M. y 4:00 PM a 7:00 P.M.